Datos personales

Los Profesionales de la Información por su perfil académico son los estudiantes, pasantes, egresados, profesionistas, catedráticos, profesores. Etc. de las carreras de Lic. en Archivonomía, Lic. en Archivología, Lic. en Ciencias de la Información Documental, Documentalistas, bibliotecólogos, Bibliotecarios, etc. y toda aquella persona que es el vínculo entre la información y los usuarios.

14.9.11

¿También tenemos derecho a no saber?

Por Susana Zavala Orozco*
Coordinadora de la Defensoría para Usuarios de Archivos Públicos A.C.
Fuente http://blogs.eluniversal.com.mx/weblogs_detalle13462.html
09-marzo-2011

Este 2011 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental cumplirá 9 años de haberse promulgado. También estaremos conmemorando el primer aniversario de la Ley Federal de Protección de Datos en Posesión de Particulares.

A nivel federal ya son más de 240 las dependencias gubernamentales y organismos descentralizados que están obligados a responder cualquier cuestionamiento que se haga sobre su ejercicio y se cuentan por millones las empresas privadas que deberán custodiar debidamente los datos personales que obtengan de sus usuarios o clientes.

Contamos con un sistema electrónico como el INFOMEX que nos facilita la tarea de acudir a las instancias obligadas para poder tramitar una solicitud de información. Y por si fuera poco tenemos un órgano garante como el Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) que hace las veces del abogado del ciudadano cuando hay inconformidades con las respuestas o negativas de los sujetos obligados.

Pareciera, a casi una década, que los engranes de la transparencia, se aceitan y van en marcha; algunos opinan que tiene retrocesos, otros que los logros actuales son insuficientes, hay quienes celebran sus avances y algunos más están totalmente escépticos. Lo cierto es que hoy por hoy cada vez es más recurrente escuchar sobre este derecho fundamental de los ciudadanos mexicanos y que es el derecho a saber.

Desde hace 8 años, se instauró en todo el mundo el 28 de septiembre como Día Internacional del Derecho a Saber y el 28 de enero se destinó para la Protección de Datos.

La ley mexicana, como en todo el mundo, contemplan excepciones para acceder a información, dándole el carácter de confidencial o reservada aduciendo razones de seguridad nacional, daño a la estabilidad financiera, menoscabo en las relaciones internacionales, protección de datos personales o aquella que ponga en riesgo la vida, seguridad y salud de cualquier persona, entre otras.

En esta ocasión nos ocupa un tema que empieza a levantar polvo y que pareciera contradictorio a todos los esfuerzos que hasta ahora en México, y en otras partes del mundo, se han conseguido.
¿Acaso entre los derechos más elementales debe contemplarse y protegerse también el derecho a no saber?

¿Cómo puede ser que alguien no quiera saber? ¿Que renuncie a ser informado?

Pues sí, países como España, Uruguay y Alemania ya han legislado sobre el derecho a no saber. Este derecho básicamente legisla en materia de salud específicamente en medicina genómica, protegiendo así la intimidad sobre la condición genética de los individuos.

Un caso de los más conocidos en esta materia fue el de la corredora sudafricana Mokgdi Caster Semenya, quien fue obligada a someterse a un examen de “verificación de género”, tras ganar la final del Campeonato Mundial de Atletismo de Berlín en 2009, debido a las sospechas de algunas de las corredoras sobre su verdadero sexo.

La Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF) procedió a realizar las pruebas que demostraron anomalías cromosómicas concluyendo que era hermafrodita.

Un diario inglés publicó los resultados de sus pruebas médicas por lo que la atleta tuvo que retirarse un año, mientras concluían las discusiones sobre su condición.

Finalmente la IAAF aceptó el dictamen de un grupo de médicos que no encontraban objeciones para que Caster Semenya corriera en las categorías femeniles. Actualmente se prepara para su posible participación en los próximos Juegos Olímpicos en Londres.

Este debate trajo el tema sobre si los atletas como Semenya podían reclamar su derecho a no saber y que se reconociera su privacidad genética pues la descalificaron injustamente, fue víctima de discriminación y aislamiento social y tuvo una grave crisis de identidad. Los expertos señalan que la “verificación de género” en el deporte debe ser abolida definitivamente.

En esta materia también se escucha hablar si debemos ejercer nuestro derecho a no ser informado sobre las enfermedades genéticas a las que estamos predispuestos debido a la angustia y perturbaciones que pudiera originar el conocimiento de esto.

Sin duda, este tópico será motivo de controversias y debates una vez que entre en plenas funciones el Instituto Nacional de Medicina Genómica (INMEGEN) aunque ya se encuentra en operaciones desde hace varios años. En nuestras manos estará vigilar que sus motivaciones estén encaminadas al bienestar de la salud de los mexicanos, aprovechando todo el potencial de la medicina genómica en sus modalidades de prevención y predicción y no como instrumento de discriminación como en el caso de la atleta sudafricana.

También hay otros casos que sacan a colación el derecho a no saber como por ejemplo renuncian a saber sobre la vida pasada de familiares sobre todo en casos donde el pariente en cuestión fue miembro de algún grupo disidente. En México ya ha habido pronunciamientos al respecto pero este será un tema que trataremos en otra oportunidad.

¡Nos leemos el próximo miércoles! *Licenciada en Comunicación por la UNAM. Perito certificado en Grafoscopía y Documentoscopía por el Centro Superior de Estudios Periciales. Cuenta con diversos diplomados en Archivística y Acceso a la Información Pública, Transparencia y Rendición de Cuentas.

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